Artículo 29 - Expedición de comprobantes fiscales

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Artículo 29 - Expedición de comprobantes fiscales

 

 Todos los contribuyentes están obligados a emitir comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI’s) conforme al Artículo 29.

 

 Los CFDI’s deben de cumplir ciertos requisitos técnicos y remitirlos al SAT o a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para la validación del mismo.

 

 https://www.sat.gob.mx/articulo/86201/articulo-29